Por primera vez un hombre irá a juicio por acosar a su ex por redes sociales. La extorsionaba con difundir un video de su intimidad si no tenían un encuentro. Si bien la justicia ha avanzado en algunas áreas, todavía queda mucho camino por recorrer para ampliar las garantías de protecciones a las mujeres.
Que la Sala VII de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional haya confirmado el procesamiento y pida la elevación a juicio a este hombre de 46 años por el delito de amenazas coactivas reiteradas contra su ex novia, es un buen indicio.
Desde la Oficina de Violencia Doméstica destacaron que el caso, recientemente elevado a juicio, sienta precedente en materia de violencia de género digital.
Existen tres tipos de ataques: hackeo a redes, difusión no consentida de material íntimo y acoso digital, que es el más frecuente.
El imputado, oriundo de la ciudad de Mar del Plata, hostigaba a través mensajes como “En un rato voy a mandar el videito a toda tu familia”, “yo te voy a hacer la puta mas famosa”, “vos ignorame”, “el miércoles te juro que vas a llorar”, “y te vas a sentar a tomar un café conmigo”, fueron algunos de los textos intimidantes.
El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 61 comprobó que durante los días 27 de agosto de 2017 y el 17 de octubre de ese mismo año, el acusado comenzó a amenazar a la mujer con exhibir sus videos íntimos. Para la Fundación Activismo Digital es importante no borrar nada “cada situación de violencia digital es particular, porque cada víctima y cada agresor son diferentes”. En ese sentido, las especialistas recomiendan guardar cada mensaje, video o fotos, ya que todo es evidencia por si se quiere realizar la denuncia.
El texto de la sentencia expresó que: “Se ha establecido jurisprudencialmente, que la coacción es un delito formal, que se consuma con la exteriorización de la amenaza impuesta, idónea y grave vertida con el propósito de compeler, sin necesidad de que la víctima se someta a la voluntad del autor, sin necesidad de que la víctima haga o deje de hacer lo que el autor pretende; de modo tal, alcanza para la consumación, que la amenaza llegue a conocimiento de la víctima y que esta comprenda su contenido”.
Además de la elevación a juicio, cabe destacar que se ordenó el embargo preventivo de los bienes del acusado por un monto de 26.500 pesos.