La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que la compra de pasajes con destino a las Islas Malvinas, no estará alcanzada por la sobretasa del 30% correspondiente al Impuesto País que rige para el dólar turista.

Esta medida es una decisión que está bajo la órbita del organismo que encabeza Mercedes Marcó del Pont que será publicada en el Boletín Oficial en las próximas horas, según Ámbito. 

La normativa aclaratoria de la AFIP ratifica así que el régimen de percepción del impuesto creado por la Ley 27.542 no resulta de aplicación para la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo o por vía acuática que tengan como destino las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, luego de que excombatientes de Malvinas cuestionaron que las aerolíneas les aplicaron el impuesto al momento de venderles un ticket aéreo hacia ese destino.

La semana pasada el organismo aclaró que el recargo del 30% a la compra de divisas también abarcaría la adquisición de servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país, en la medida en la que para la cancelación de la operación deba accederse al mercado único y libre de cambios.

La resolución de la AFIP de publicación inminente destaca en sus considerandos la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional donde la Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.

La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino, reafirma el texto que se publicará en el Boletín Oficial.

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