La Corte Suprema de Justicia de la Nación definió que la reducción de los impuestos al valor agregado (IVA) “no puede afectar los fondos de coparticipación” que corresponden a las provincias, al conceder una medida cautelar en el marco de un reclamo planteado por 15 estados provinciales.La reducción de esos tributos había sido incluída por el gobierno nacional en una serie de medidas económicas anunciadas por el presidente Mauricio Macri tras las PASO del 11 de agosto. Esas decisiones habían derivado en planteos que quince provincias realizaron por separado ante el máximo tribunal que, en una resolución adoptada en el marco del acuerdo celebrado este martes, dictó una medida cautelar que le dio la razón al planteo de los gobernadores. De esta forma, dispuso que ambas medidas no pueden afectar el flujo de recursos de la coparticipación federal hacia Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego y Tucumán. La medida cautelar, firmada por tres votos contra uno (el presidente Carlos Rosenkrantz firmó en disidencia, y la vice, Elena Highton, no lo hizo) dispone que los costos fiscales que surjan de la aplicación de los decretos 561/19 y 567/19 del Poder Ejecutivo Nacional y de las resoluciones generales de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) 4546/19 y 4547/19, sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional. Al dar cuenta de la decisión de la Corte, el Centro de Información Judicial (CIJ) difundió la resolución referida a Entre Ríos, cuyos argumentos fueron replicados para los otros distritos. El fallo de ayer, en rigor, no implica devolución de fondos detraídos sino un freno al impacto erosivo de esas medidas (que expiran a fin de año) sobre la coparticipación. Para ello, habrá que esperar la resolución de la cuestión de fondo en la Corte.
Fallo de la Corte sobre cop… by Télam on Scribd